Santuarios: concepto, funciones y desafíos
Alejandra García
Hasta hace poco tiempo atrás, la palabra “santuario” creaba no poca resistencia en Argentina por ser un concepto casi desconocido y evocar de forma equívoca al concepto religioso con el que habitualmente se ha utilizado esta palabra. Lejos de eso, santuario es la palabra que se utiliza de forma internacional para aquellos espacios donde un grupo de individuos cuentan con la máxima protección. Es así como existen “ciudades santuarios” en Estados Unidos, por ejemplo, que son todas aquellas ciudades que han optado por no aplicar las leyes anti-inmigración del gobierno de su país. También existe la declaración de santuarios respecto de ciertos hábitats donde los animales silvestres se encuentran protegidos pero sin vivir en cautividad. Los animales considerados de “granja” -habitualmente destinados al consumo humano de carne, leche, huevos, plumas, lana- son clasificados como domésticos en las distintas legislaciones y no tienen un hábitat natural que les pertenezca. Por esta razón, los santuarios destinados a albergar a estos animales se convierten en el “hábitat de pertenencia”. En estos espacios se les provee de los cuidados necesarios en un estado de semi-cautividad y se les garantiza el respeto de sus vidas y de sus necesidades etológicas y el continuo cuidado humano. Además, también existen santuarios especiales para especies silvestres víctimas de explotación en zoológicos o circos, como los santuarios de elefantes o grandes simios. A diferencia de un zoológico, los santuarios no buscan permanecer en el tiempo reproduciendo sus animales sino que son un remedio a los daños causados a los animales que ya no pueden volver a su hábitat natural. En el caso de los animales de granja en santuarios, salvo excepciones y a diferencia de los refugios, no se busca adoptantes sino que el santuario será su hogar definitivo y en el que traban lazos que duran toda su vida.
Los santuarios “de granja”, o como en inglés se los define como “sanctuary farm”, enfrentan muchos problemas a nivel burocrático ya que el concepto de santuario no existe en la legislación argentina y ello hace que SENASA, el organismo encargado de aplicar las leyes sanitarias referidas a la “producción de animales” no pueda encuadrar nuestras actividades. Además, estos espacios tienen límites respecto de la cantidad de animales que pueden acoger. Es por esto que abogamos por convertir nuestro santuario en un centro de estudio de la sintiencia en los animales. De esta manera esperamos ampliar las fronteras que los límites espaciales del santuario imponen, beneficiando sólo a los animales que allí pueden vivir, por medio de la extensión a través de estudios científicos a los demás animales a quienes se pueda beneficiar.
Bibliografía sugerida
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https://www.humansandnature.org/shifting-toward-an-ethics-of-sanctuary
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Blattner, C., Donaldson, S. y Wylcox, R. (2020). Animal Agency in Community. A Political Multispecies Etnography of the VINE Sanctuary. Disponible en: https://journals.lub.lu.se/pa/article/view/19024?fbclid=IwAR1bWueM8tbtmWMEcynqOhLPuMScAV0NYQr9zeWJzcb6PSLtXx3TCAXER7M
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Donaldson, S. y Kymlicka, W. (2015). Farmed Animals Sanctuaries: The Heart of the Movement? Disponible en: https://journals.lub.lu.se/index.php/pa/article/view/15045